Si la empresa en la que se invierte o financia se quiebra, el inversor podría perder todo el importe invertido o financiado.
En el caso de las inversiones en proyectos de Equity crowdfunding, sin embargo, el inversor no tiene que responder con su propio capital de la quiebra de la empresa en la que haya invertido.
De hecho, las sociedades de responsabilidad limitada -como todas las demás sociedades de capitales- responden de las obligaciones sociales exclusivamente con su propio patrimonio. Las sociedades de responsabilidad limitada y todas las sociedades de capitales tienen "lo que se conoce como autonomía patrimonial perfecta": el patrimonio de la sociedad es, por tanto, completamente autónomo y distinto al de los socios, el administrador y los prestamistas.
Además, para las inversiones de Equity crowdfunding, al final de la operación la sociedad solicitará su cancelación del Registro Mercantil, y en este sentido se determinará la extinción segura de la sociedad, aunque, posteriormente, surjan relaciones societarias no resueltas y, en particular, deudas no satisfechas.
Sin embargo, este principio no tiene un carácter absoluto, ya que puede darse el caso de que los administradores sean llamados a responder de las deudas contraídas por la empresa administradora. El Código Civil es muy claro a este respecto: sin perjuicio a la extinción de la sociedad tras su cancelación, los acreedores sociales no satisfechos podrán hacer valer sus créditos contra los socios hasta alcanzar los importes percibidos por éstos en función del balance final de liquidación.
Se produce así un fenómeno sucesorio, con la consecuencia de que las obligaciones sociales se trasladan a los socios, que responderán en la medida de lo que cobren por la liquidación o ilimitadamente, dependiendo de si eran o no ilimitadamente responsables en el momento de la desaparición de la sociedad.
En los casos de inversiones en proyectos de Debt y Lending crowdfunding, podrán intervenir las garantías que se aporten como parte de la oferta.
Por último, las inversiones a través de Walliance Crowd no están cubiertas por el Sistema de Garantía de Depósitos establecido de conformidad con la Directiva 2014/49/UE. Por lo tanto, los valores o instrumentos admitidos a efectos de crowdfunding adquiridos a través de Walliance Crowd no están cubiertos por el Sistema de Indemnización de Inversores establecido de conformidad con la Directiva 97/9/CE.