Ir al contenido principal

¿Tienes inversiones en el extranjero? Aquí te explicamos cómo declarar tus preferencias fiscales

Actualiza tus preferencias fiscales para evitar la doble imposición sobre los ingresos derivados de tus inversiones extranjeras con Walliance

Escrito por Sarra

Cada año, del 1 de enero al 31 de marzo, puedes indicar a las sociedades en las que has invertido, o en las que invertirás durante el año, cómo deseas que se traten los impuestos sobre los rendimientos derivados de tus inversiones realizadas a través de Walliance.

Esta elección es relevante si tu país de residencia fiscal es diferente del país de residencia fiscal de la sociedad emisora o de la sociedad que distribuye los rendimientos.

En estos casos, puede resultar aplicable un Convenio para Evitar la Doble Imposición entre ambos países. Dependiendo del tipo de renta y de los países involucrados, el Convenio puede prever una reducción del impuesto retenido en origen, una exención o la posibilidad de solicitar posteriormente la devolución de los impuestos pagados en exceso.

Para permitir que Walliance transmita tus preferencias fiscales a la sociedad emisora, deberás cargar en tu área personal un certificado de residencia fiscal válido y, cuando sea necesario, la documentación convencional exigida para el tipo de renta y el país correspondiente.

Nota: Walliance realiza una revisión preliminar de la documentación cargada; sin embargo, la aplicación efectiva del régimen fiscal corresponde a la sociedad que paga la renta, cuando esta actúe como sujeto obligado a practicar la retención o a aplicar el tratamiento fiscal correspondiente.

❌ No necesitas actualizar tus preferencias fiscales si

tu país de residencia fiscal coincide con el país de residencia fiscal de todas las empresas oferentes de los proyectos en los que has invertido.

Por ejemplo: eres residente fiscal en España y has invertido (y vas a invertir) únicamente en proyectos ofrecidos por empresas españolas.

✅ Debes actualizar tus preferencias fiscales si

tu país de residencia fiscal es diferente, aunque sea de uno solo, de los países de residencia fiscal de las sociedades emisoras de los proyectos en los que has invertido o invertirás.

Por ejemplo: eres residente fiscal en España y has invertido (y vas a invertir) en proyectos ofrecidos por empresas francesas o italianas. O bien: eres residente fiscal en otro país y has invertido en un proyecto presentado por una sociedad española.

Si tienes dudas, puedes verificar la residencia fiscal de la empresa en la que has invertido directamente en la ficha del proyecto, en la sección “Emisor”.


¿Qué documento debes proporcionar?

Para solicitar la aplicación de los beneficios previstos en un Convenio, debes proporcionar un certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad tributaria competente de tu país de residencia fiscal.

El documento debe corresponder al ejercicio fiscal en el que se paga la renta.

El certificado debe ser válido a efectos de la aplicación del Convenio para Evitar la Doble Imposición entre tu país de residencia fiscal y el país de la sociedad que paga la renta. En particular, debe acreditar tu residencia fiscal a efectos del Convenio o conforme a la normativa fiscal aplicable en tu país de residencia.

Un certificado genérico de residencia fiscal no es suficiente, ya que no permite cumplir los requisitos exigidos. Para la aplicación de los Convenios para Evitar la Doble Imposición, es necesario presentar una certificación emitida específicamente para ese fin. En particular, el documento debe:

  1. estar vigente para el ejercicio fiscal correspondiente;

  2. acreditar la residencia fiscal del contribuyente;

  3. indicar expresamente que se solicita para la aplicación del Convenio para Evitar la Doble Imposición entre el país de residencia del inversor y el país en el que está establecida la sociedad del proyecto.

Dependiendo del país, del tipo de renta y de la normativa aplicable, también puede ser necesario proporcionar un formulario convencional específico o una declaración complementaria.

A modo de ejemplo, para la aplicación directa de los beneficios convencionales sobre dividendos, intereses, cánones u otras rentas pagadas por una sociedad extranjera, pueden requerirse informaciones adicionales, entre ellas:

  • una declaración de que eres el beneficiario efectivo de la renta;

  • la indicación del tipo de renta percibida;

  • la identificación de la sociedad que paga la renta;

  • la solicitud de aplicación del tipo impositivo previsto en el Convenio, de la exención o de cualquier otro tratamiento contemplado por el Convenio;

  • una declaración de que la renta no está vinculada a un establecimiento permanente o una base fija en el país de origen;

  • los formularios fiscales exigidos por el país de origen o acordados entre las autoridades fiscales de ambos países.

ℹ️ No se consideran válidos documentos distintos del certificado fiscal y de la documentación convencional requerida, como certificados de empadronamiento, facturas de servicios públicos, contratos de trabajo, certificados salariales, permisos de residencia, documentos de identidad u otros documentos que no hayan sido emitidos por la autoridad tributaria competente o que no permitan verificar los requisitos necesarios para la aplicación del régimen convencional.

¿Debe emitirse un certificado para cada país?

Sí. Si tienes inversiones en varios países extranjeros, deberás proporcionar un certificado o una documentación adecuada para cada país en el que tengan residencia fiscal las sociedades de los proyectos en los que has invertido.

Por ejemplo, si eres residente fiscal en Italia y has invertido en proyectos presentados por sociedades francesas y españolas, deberás proporcionar dos certificaciones: una válida para la aplicación del Convenio entre Italia y Francia y otra válida para la aplicación del Convenio entre Italia y España.

¿Cómo solicitar el certificado de residencia fiscal?

El certificado de residencia fiscal debe solicitarse a la autoridad tributaria del país en el que eres residente fiscal.

Por ejemplo, si eres residente fiscal en España, el certificado debe solicitarse a la Agencia Tributaria. Si eres residente fiscal en Francia, Italia u otro país, deberás dirigirte a la autoridad tributaria competente de ese país.

Te recomendamos que, al realizar la solicitud, especifiques que el certificado es necesario para la aplicación de un Convenio para Evitar la Doble Imposición con el país en el que está establecida la sociedad emisora o la sociedad que paga la renta.

Cuando exista, es preferible utilizar el formulario previsto por la autoridad tributaria del país de origen o por el Convenio aplicable. Como alternativa, podrá aceptarse documentación equivalente, siempre que permita a la sociedad que paga la renta verificar y conservar toda la información necesaria para la aplicación del tratamiento convencional.

Cómo cargar el documento en tu área personal

Una vez que tengas el certificado, entra en tu «Cuenta» > «Servicios» > «Fiscalidad». Desde aquí podrás:

  1. comprobar que el país de residencia fiscal que figura en tu cuenta es el correcto;

  2. modificar tus preferencias fiscales;

  3. solicitar, cuando esté disponible, la aplicación del régimen convencional;

  4. subir el certificado de residencia fiscal y cualquier documentación complementaria;

  5. confirmar la declaración mediante OTP.

Si el país de residencia fiscal que figura en tu cuenta no es el correcto, primero tendrás que actualizarlo en la sección «Mis datos» > «Verificar identidad y dirección».

¿Qué sucede después de cargar la documentación?

En el momento del pago de la renta, Walliance realizará una revisión preliminar de la documentación recibida y comunicará a la sociedad emisora las preferencias fiscales que hayas expresado.

La sociedad que paga la renta evaluará entonces, en su caso con el apoyo de sus asesores, si la documentación recibida es suficiente para aplicar directamente los beneficios convencionales previstos.

La eventual aplicación de un tipo reducido, una exención o cualquier otro beneficio contemplado por el Convenio seguirá siendo responsabilidad de la sociedad que paga la renta, dentro de los límites y bajo las condiciones establecidas por la normativa aplicable.

¿Qué sucede si no cargas el certificado antes del 31 de marzo?

Si no cargas la documentación requerida antes del 31 de marzo, no será posible actualizar tus preferencias fiscales para el año en curso a través de la plataforma.

En ese caso, la sociedad que paga la renta aplicará el tratamiento fiscal ordinario previsto por la normativa del país de origen, salvo que dicha sociedad determine otra cosa.

No obstante, podrás consultar con tu asesor fiscal si es posible recuperar los impuestos pagados en exceso mediante tu declaración fiscal, un crédito fiscal, un procedimiento de devolución u otros mecanismos previstos por la normativa aplicable.

¿Qué sucede si no consigues obtener el certificado?

Si no consigues obtener el certificado de residencia fiscal o la documentación convencional requerida, esto no impedirá que realices inversiones.

Sin embargo, es posible que no puedas beneficiarte de la aplicación directa de los beneficios convencionales en origen. En ese caso, los impuestos pagados en exceso podrán gestionarse posteriormente de acuerdo con las normas fiscales aplicables en tu país de residencia y en el país de origen.

Te recomendamos consultar con tu asesor fiscal para determinar el tratamiento más adecuado según tu situación particular.

ℹ️ Importante

  • La documentación fiscal debe ser emitida por la autoridad tributaria competente o, en cualquier caso, debe ser adecuada para demostrar los requisitos exigidos por el Convenio para Evitar la Doble Imposición aplicable.

  • El certificado debe corresponder al ejercicio fiscal correcto.

  • La carga de la documentación no garantiza automáticamente la aplicación del régimen convencional. La decisión final corresponde a la sociedad que paga la renta, sobre la base de la normativa aplicable y de la documentación recibida.

  • Los Convenios para Evitar la Doble Imposición no siempre implican una exención total del impuesto en el país de origen. En muchos casos, únicamente prevén una reducción del tipo impositivo aplicable o la posibilidad de solicitar la devolución de la parte del impuesto pagada en exceso.

  • Actualmente, el sistema permite cargar un único documento PDF. Si necesitas proporcionar varios documentos, te invitamos a unirlos en un único archivo PDF antes de cargarlo en tu área personal.

  • Después del 31 de marzo de cada año, ya no será posible actualizar las preferencias fiscales para el año en curso a través de la plataforma.

¿Ha quedado contestada tu pregunta?